






![]() |   > Capacitación y regalos de fin de año no pagarán IRPF |
El Ministerio de Economía dejó sin efecto su intención de gravar con el Impuesto a la Renta la capacitación que dan las empresas a su personal y excluyó también del impuesto a varias partidas especiales que reciben los empleados. Un nuevo decreto relacionado con la aplicación del IRPF fue divulgado ayer y considera “partidas no remunerativas”, que no se gravarán con el nuevo impuesto, a los regalos para las fiestas tradicionales que las empresas vuelcan a sus empleados. Se aclara que esas partidas deben ser entregadas en especies y su costo no debe superar las 3.000 unidades indexadas (unos 5.000 pesos) o el 10 % del sueldo mensual del trabajador. Tampoco pagarán el Impuesto a la Renta las primas que se den a los empleados por matrimonio, nacimiento de hijo y los gastos fúnebres y complementarios para el trabajador, su cónyuge o concubino. No se gravará la entrega de materiales educativos en el comienzo de los cursos, túnicas o uniformes para los hijos del empleado. |







